viernes, 20 de abril de 2012

ARQUITECTOS

¿QUE ES LA CONSTRUCCION?
Es el arte o tecnica de fabricar edificios e infraestructura, en un sentido mas amplio, se denomina construccion todo aquello que exige, antes de hacerse, tener o disponer de un proyecto o una planificacion predeterminada.
Construccion: todo lo que se crea, primero imaginariamente y luego fisicamente.

TIPOS DE CONSTRUCCIONES
•Residencial
•Comercial
•Industrial
•Obras publicas
•Institucionales



¿QUE ES ARQUITECTURA?
Es el arte y la tecnica de proyectar y diseñar edificios, otras estructuras y espacios que forman el entorno humano. El arquitecto es el jefe o director de la obra.

PERFIL DE UN TECNOLOGO EN CONSTRUCCION
Es un profesional con formacion integral y competencias para participar en grupos interdisciplinarios, encargados del diseño, la construccion y la interventoria de obras civiles; planear y asesorar los aspectos tecnicos que se deben seguir en un proceso constructivo; administrar los recursos humanos y fisicos que se requieren para la construccion de obras civiles, haciendo enfasis en el control de calidad de los diferentes materiales.

ETICA PROFESIONAL
Conocimiento y Habilidad: Debemos esforzarnos por mejorar nuetros conocimientos y habilidades profesionales.

Estándares de Excelencia: Debemos continuamente buscar elevar los estándares de excelencia, estética, estudio de la Arquitectura y el Urbanismo; investigación, entrenamiento y práctica.

Reconocimiento por parte de la comunidad: Debemos esforzarsarnos en mejorar el aprecio de la comunidad y de sus autoridades en el reconocimiento de la Arquitectura y de las funciones y responsabilidades de los Arquitectos.

Artes afines: Debemos promover las artes afines (pintura, escultura, maquetismo, vitralismo, fotografía, etc.) y contribuir a su desarrollo.

REGLAS
En la práctica de la Arquitectura, debemos demostrar aptitud razonable y debemos aplicar los conocimientos y habilidades técnicas comúnmente aplicables a cada caso concreto. (Art. 33 Ley Reglamentaria del Art. 5 Constitucional y sus correlativos en las legislaciones de los Estados).
Tenemos deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella pueden desarrollar plenamente su personalidad. (Art. 29 Declaración Universal de los Derechos Humanos y sus correlativos en la legislación federal y de los Estados).

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